Publicación e implementación Fue emitido conjuntamente por la Comisión Nacional de Salud y la Administración Estatal para la Regulación del Mercado el 25 de septiembre de 2025 (Anuncio No. 6 de 2025) y se implementó oficialmente el 2 de septiembre de 2026. Es uno de los cuatro estándares de materiales en contacto con alimentos entre los 32 estándares nacionales de seguridad alimentaria recientemente publicados y las dos enmiendas a los estándares.

Ámbito de aplicación y definición Es aplicable a materiales y productos de caucho de silicona para contacto con alimentos (refiriéndose a materiales y productos hechos principalmente de elastómeros de organosilicio formados por reticulación y curado de polímeros de polisiloxano y sílice hidrófoba, etc., que pueden entrar en contacto con alimentos/aditivos alimentarios o cuyos componentes pueden transferirse a los alimentos durante el uso esperado). Reemplazará los requisitos relevantes relacionados con el caucho de silicona en GB 4806.11-2016.
Contenido principal de la revisión: en comparación con el estándar original, se han ajustado 10 aspectos clave, incluido el alcance de la modificación, los términos y definiciones, los requisitos de materia prima, los requisitos sensoriales, los indicadores físicos y químicos (con la adición de sustancias volátiles), los requisitos de las pruebas de migración, los requisitos de marcado de etiquetas y el Apéndice A. Al mismo tiempo, se han agregado recientemente otros requisitos técnicos y el Apéndice B (determinación de sustancias volátiles).
En cuanto a los indicadores físicos y químicos generales: para gestionar mejor los riesgos de seguridad derivados del caucho de silicona, teniendo en cuenta las propiedades materiales del caucho de silicona, los resultados de las pruebas de muestreo del mercado y el principio de coordinación estándar, esta revisión ajusta uniformemente las condiciones de prueba para el consumo de permanganato de potasio y la migración de metales pesados (calculados como Pb) a 60 ℃ durante 2 horas. Al mismo tiempo, para sustancias volátiles como los oligómeros de ciclosiloxano, se ha agregado un nuevo elemento de "Sustancias volátiles" y su método de detección de apoyo, "Apéndice B Determinación de sustancias volátiles".
Con respecto a las pruebas de migración: basándose en la investigación sobre las reglas de las pruebas de migración de materiales y productos de caucho de silicona, esta revisión eliminó la regulación especial que "para alimentos grasos, se debe seleccionar una solución de etanol al 50 % (fracción de volumen) como imitador de alimentos". La selección de simulantes alimentarios para las pruebas de migración de materiales y productos de caucho de silicona se llevará a cabo de manera uniforme de acuerdo con las disposiciones de la "Norma Nacional de Seguridad Alimentaria - Reglas generales para pruebas de migración de materiales y artículos en contacto con alimentos" (GB 31604.1-2023).
Apéndice A:
Las materias primas básicas permitidas para su uso en materiales y productos de caucho de silicona para contacto con alimentos y sus requisitos de aplicación:

Apéndice B
Determinación de sustancias volátiles.
B.1 Alcance
Esta norma especifica los métodos de determinación de sustancias volátiles en materiales y productos de caucho de silicona para contacto con alimentos.
Esta norma es aplicable a la determinación de sustancias volátiles en materiales y productos de caucho de silicona para contacto con alimentos.
B.2 Principio
Después del pretratamiento de las muestras de materiales y productos de caucho de silicona para contacto con alimentos, se midió la pérdida de líquido de las muestras bajo presión normal y después de calentarlas y hornearlas durante una temperatura y tiempo determinados para obtener la cantidad de sustancias volátiles de los materiales y productos de caucho de silicona para contacto con alimentos en las condiciones correspondientes.
B.3 Reactivos y materiales
B.3.1 Reactivos
Agua: Agua de grado III según GB/T 6682.
B.3.2 Materiales
B.3.2.1 Recipientes: Platos de superficie, platos de evaporación, platos de pesaje, crisoles, etc.
B.3.2.2 Plato de pesaje: Aluminio, plano.
B.3.2.3 Secadora: Equipada con desecante.
B.4 Instrumentos y equipos
B.4.1 Balanza electrónica: La sensibilidad es de 0,1 mg.
B.4.2 Horno de secado con soplador de calefacción eléctrica: Precisión del control de temperatura (100 ± 2) ℃, precisión del control de temperatura (200 ± 3) ℃.
B.5 Pasos del análisis
B.5.1 Pretratamiento de la muestra
Remojar las muestras de chupete en agua ligeramente hirviendo durante 10 minutos, revolviéndolas de vez en cuando durante el proceso de remojo para asegurar que las muestras no toquen las paredes del recipiente. Después del remojo, saque la muestra y sacúdala del agua. Si el siguiente paso de la prueba no se puede realizar inmediatamente, coloque la muestra en un desecador para su almacenamiento. Otras muestras no requieren tratamiento previo.
B.5.2 Preparación de la muestra
Corte la muestra en fragmentos con un largo, ancho y espesor que no exceda los 2 cm cada uno, y colóquelos en un recipiente apropiado, asegurándose de que los fragmentos de la muestra no se superpongan entre sí. Coloque el recipiente que contiene los fragmentos de muestra en un horno eléctrico de secado con aire caliente a (100 ± 2) ℃, séquelo durante (60 ± 5) minutos, luego sáquelo y enfríelo en un desecador durante (60 ± 5) minutos para su determinación.
B.5.3 Determinación
Coloque el plato de pesaje en un horno eléctrico de secado con aire caliente a (200 ± 3) ℃ para que se seque durante al menos 60 minutos. Después de sacarlo, colóquelo en un desecador para que se enfríe durante al menos 60 minutos y luego pese la masa del plato vacío (con una precisión de 0,1 mg). Repita los pasos de secado anteriores hasta que la diferencia en la masa de los platos vacíos del pesaje anterior y posterior no supere los 2,0 mg, y registre la masa de los platos vacíos en m. Tome aproximadamente 10 g de los fragmentos de muestra que se van a analizar de B.5.2 y colóquelos en un plato de pesaje de peso constante. Asegúrese de que los fragmentos de muestra no se superpongan entre sí. Pesar la masa total m de los fragmentos de muestra y el plato de pesaje (con una precisión de 0,1 mg). Coloque el plato de pesaje que contiene los fragmentos de muestra en un horno de secado por aire con efecto de calentamiento eléctrico a (200 ± 3) ℃, séquelo durante (240 ± 5) minutos, luego sáquelo y enfríelo en un desecador durante (120 ± 5) minutos. Después de eso, pese la masa total m (con una precisión de 0,1 mg) de los fragmentos de muestra y el plato de pesaje.
B.6 Presentación de los resultados del análisis
La masa de sustancias volátiles en la muestra se calcula según la fórmula (B.1):
En la fórmula: X=(M 1 -M 2 )/(M 1 -M 0 )*100%
X - La cantidad de sustancias volátiles en la muestra, medida en gramos por 100 gramos (g/100 g);
M 1 - La masa total de la muestra y del plato de pesaje antes del secado, en gramos (g);
M 2 - La masa total de la muestra y del plato de pesaje después del secado, en gramos (g);
M 0 - La masa del plato de pesaje vacío, en gramos (g).
Los resultados se expresan como la media aritmética de dos resultados de determinación independientes obtenidos en condiciones de repetibilidad, redondeados a dos decimales.
B.7 Precisión
Cuando la cantidad de sustancias volátiles en la muestra sea ≤0,2 g/100 g, la diferencia entre dos resultados de determinación independientes obtenidos en condiciones de repetibilidad no excederá el 30 % de su media aritmética. Cuando la cantidad de sustancias volátiles en la muestra sea inferior a 0,5 g/100 g, la diferencia entre dos resultados de determinación independientes obtenidos en condiciones de repetibilidad no excederá el 20 % de su media aritmética; cuando la cantidad de sustancias volátiles en la muestra sea superior a 0,5 g/100 g, la diferencia entre dos resultados de determinación independientes obtenidos en condiciones de repetibilidad no excederá el 15 % de su media aritmética.
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